Actualizado: 07/08/2021
En virtud del decreto del gobierno No. 408/2020 (VIII. 30.) (el texto vigente es accesible sólo en húngaro) las normas actuales para entrar en el país son las siguientes:
Pueden entrar sin restricciones en Hungría aquellas personas que
- comprueben que dentro del lapso de 6 meses antes de su ingreso ya se contagiaron y se recuperaron de COVID-19;
- disponen del Certificado de Inmunidad húngaro contra COVID-19 (o de la aplicación correspondiente);
- desean ingresar a Hungría para solicitar el Certificado de Inmunidad (en ventanillas de trámite del gobierno, como máximo, en dos días hábiles tras el ingreso) o comprueban que ya lo solicitaron en línea a través de la plataforma electrónica del gobierno (”ügyfélkapu”);
- disponen del certificado de vacunación expedido por un país con el que Hungría suscribió un acuerdo bilateral para el reconocimiento de los certificados (actualmente no está en vigor un acuerdo de este tipo ni con México ni con las concurrencias de esta Embajada, es decir, Belice, Costa Rica, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Salvador. No obstante, de conformodidad con la Decisión de Ejecución N° 2021/2113 de la Comisión Europea, el documento llamado “Comprobante electrónico de vacunación” emitido por las autoridades de la República de El Salvador es equivalente al certificado de vacunación europeo, por lo tanto a partir del 1 de diciembre de 2021 titulares del documento mencionado, sin importar su nacionalidad, pueden ingresar a la Unión Europea -incluida Hungría - sin restricciones sanitarias);
- entran en Hungría del territorio de Austria, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Rumanía, Serbia o Ucrania a través de cruces fronterizos terrestres o fluviales;
- disponen del Certificado COVID Digital de la UE;
- presentan una prueba negativa de PCR (en húngaro o en inglés) realizada en los países mencionados en el Decreto Gubernamental 60/2021 (de la circunscripción consular de esta Embajada: México y Costa Rica) cuya fecha de emisión no es mayor a 72 horas antes de la llegada a Hungría.
Personas que pueden ingresar al territorio de Hungría (bajo restricciones):
- ciudadanos húngaros y sus familiares inmediatos;
- ciudadanos extranjeros que tienen una residencia permanente en Hungría más sus familiares inmediatos;
- ciudadanos extranjeros que disponen de un permiso de residencia vigente y expedido por la autoridad húngara para más de 90 días;
- titulares de visa tipo “D”.
Después del ingreso las personas tienen que someterse a una cuarentena de 10 días.
Durante la cuarentena se permite hacer pruebas. Se suprime la cuarentena si dos pruebas (PCR) realizadas en cinco días con una diferencia de 48 horas salen negativas. En el caso de la primera, se acepta una prueba negativa de PCR realizada -entre otros- en los Estados Unidos, Canadá, países miembros de la UE y de la OCDE (también México y Costa Rica)
Las personas que no pertenecen a las categorías anteriormente mencionadas no pueden entrar en el territorio de Hungría. Estas personas pueden solicitar un permiso especial de la Policía de Hungría si justifican el motivo de la entrada que pueden ser los siguientes:
- Para hacer algún trámite judicial, oficial o administrativo. Se deberá proporcionar la prueba por escrito emitida por la autoridad competente.
- Por negocios o cualquier actividad remunerada que debe ser justificada con una carta de invitación emitida por una autoridad.
- Para someterse a un cuidado médico justificado con documentos médicos.
- Para cursar estudios o hacer exámenes (con el documento correspondiente de la institución)
- Por viajes relativos a transportes de carga (con el certificado del empleador).
- Para asistir a eventos de familiares inmediatos (bodas, funerales, bautismos).
- Por el cuidado de familiares inmediatos que necesiten atención médica.
- Para participar en eventos internacionales de alta relevancia de carácter religioso.
- Otro motivo justificado/fundado.
Se debe presentar la solicitud en línea a través de esta página:
https://ugyintezes.police.hu/en/meltanyossagi-kerelem
Después del ingreso las personas tienen que someterse a una cuarentena de 10 días.
Durante la cuarentena se permite hacer pruebas. Se suprime la cuarentena si dos pruebas (PCR) realizadas en cinco días con una diferencia de 48 horas salen negativas. En el caso de la primera, se acepta una prueba negativa de PCR realizada -entre otros- en los Estados Unidos, Canadá, países miembros de la UE y de la OCDE (también México y Costa Rica)
Está permitido transitar por el territorio de Hungría si se comprueba el motivo del viaje y el país de destino, además si el ingreso al país vecino a Hungría está garantizado. La persona que efectúa el tránsito puede circular solamente por las rutas determinadas por la Policía de Hungría (véase en la página oficial de la Policía http://www.police.hu/en ) y tiene que abandonar el territorio de Hungría, como máximo, dentro de 24 horas.
Disposiciones particulares relativas al ingreso para participar o asistir a eventos internacionales de carácter deportivo y cultural:
- el competidor, entrenador, personal técnico del evento deportivo y el participante, personal técnico del acto cultural tiene que presentar:
- dos pruebas negativas de PCR realizadas, como máximo, cinco días antes del ingreso con una diferencia de 48 horas o;
- una prueba negativa de PCR realizada, como máximo, tres días antes de la fecha del evento deportivo/cultural.
- el espectador del evento deportivo o acto cultural tiene que presentar su boleto para el mismo junto con una prueba negativa de PCR realizada como máximo tres días antes del ingreso. El espectador tiene que abandonar el territorio de Hungría, como máximo, dentro de 72 horas contadas a partir de su ingreso.
Se pueden encontrar más detalles en el decreto arriba mencionado. Para consultas particulares, contacte la Sección Consular de la Embajada a través del correo electrónico: consulate.mex@mfa.gov.hu